Nuestra filosofía
John Lawyer inicia una Cadena de Franquicias, constituida por él mismo y sus Franquiciados, en que debe velar por su continuidad.
John Lawyer se compromete a:
- Haber puesto a punto y explotado un modelo de franquicia con éxito durante un tiempo razonable antes del lanzamiento de la cadena.
- Ser titular de los derechos sobre los signos de distinción entre la clientela: marcas y signo distintivos.
- Aportar a sus Franquiciados una formación inicial e, igualmente una asistencia comercial y/o técnica continuada durante toda la validez del contrato.
- Hacer valer sus conocimientos para dar a conocer y difundir su imagen corporativa en los medios más adecuados con la consiguiente repercusión mediática.
- Conseguir los acuerdos más ventajosos con los proveedores para disfrute de los Franquiciados.
- Garantizar al Franquiciado todo el soporte técnico necesario de la venta comercial.
- Facilitar al Franquiciado el know-how específico para el buen desarrollo del negocio.
- Actuar de forma justa en sus relaciones mutuas. John Lawyer advertirá por escrito al Franquiciado de toda infracción del contrato y le concederá, si está justificado, un plazo razonable para su reparación.